Filo y Sofía

  • INICIO
  • Chiapas
  • Municipios
  • Nacionales
  • Roja
  • Columna F&S
  • Opinión
Home» Nacionales»El derecho a solicitar los alimentos no se extingue con el tiempo ni precluye

El derecho a solicitar los alimentos no se extingue con el tiempo ni precluye

Mary Jose Díaz Flores 13 Oct 2021 Nacionales, Principales

Este es un derecho irrenunciable, asegura la Suprema Corte de Justicia de la Nación

F&S


La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que la fijación de un plazo para reclamar el pago de alimentos es inconstitucional, porque es un derecho protegido que no se pierde por no solicitarse en determinado momento, sino que se mantiene en tanto la persona necesite de ellos para subsistir.


Este criterio emana de un juicio en el que una mujer reclamó el pago de una pensión alimenticia a la sucesión de su ex concubino, con quien vivió por 22 años. La demanda inicialmente fue admitida por el Juez de origen, pero ante el desacuerdo de la sucesión, el Tribunal de Apelación revocó la admisión porque el reclamo había sido realizado después del plazo de un año establecido en el artículo 291 Quintus del Código Civil para el Distrito Federal. Inconforme, la mujer promovió un juicio de amparo directo en el que planteó la inconstitucionalidad del precepto referido, el cual fue negado por el Tribunal Colegiado. Esta decisión fue impugnada en un recurso de revisión.


A partir de una nueva reflexión sobre el artículo reclamado, la Primera Sala advirtió que su inconstitucionalidad ya no deriva de un trato diferenciado entre el matrimonio y el concubinato, en relación con el plazo para solicitar los alimentos, sino de la propia naturaleza de los alimentos, cuyo derecho a reclamarlos después de la disolución de las relaciones familiares no se pierde ni se extingue por el simple transcurso del tiempo, pues es un derecho sustantivo irrenunciable en términos del artículo 321 del mismo Código Civil local.


Además, de acuerdo con la doctrina emitida por este máximo tribunal, el derecho a recibir alimentos subsiste mientras existe el hecho que lo originó, por lo que pueden ser reclamados en cualquier momento e incluso de manera retroactiva, sin que la falta de su reclamo durante un cierto período pueda ser entendida como una renuncia a ellos.


En ese sentido, la Sala concluyó que el plazo de un año previsto en el artículo impugnado para solicitar alimentos al término del concubinato carece de razonabilidad y resulta contrario al deber de solidaridad entre quienes formaron una familia, ya que limita el derecho a reclamar una prestación que es imprescriptible.


Por lo anterior, la Primera Sala revocó la sentencia a fin de que el Tribunal Colegiado del conocimiento emita una nueva en la que no aplique la porción normativa declarada inconstitucional y resuelva lo que corresponda.

Leída: 25
2021-10-13
Facebook Twitter Stumble linkedin Pinterest Reddit WhatsAppt Email Print More

Noticias relacionadas

Concluyen encargo tres consejerías electorales del IEPC

Concluyen encargo tres consejerías electorales del IEPC

Mary Jose Díaz Flores 29 May 2026
• Se despiden ante el Consejo General, María Magdalena Vila Domínguez, Sofía Martínez De Castro ...
Participa rectora de UNICACH Fanny López Jiménez en sesión del CUPIA-ANUIES

Participa rectora de UNICACH Fanny López Jiménez en sesión del CUPIA-ANUIES

Mary Jose Díaz Flores 29 May 2026
En este espacio de análisis y diálogo nacional se abordaron los retos presupuestarios y de ...
Continuamos fumigando escuelas para proteger a la niñez y al personal docente en Tuxtla: Angel Torres

Continuamos fumigando escuelas para proteger a la niñez y al personal docente en Tuxtla: Angel Torres

Mary Jose Díaz Flores 29 May 2026
En esta ocasión se impulsaron acciones preventivas en la Escuela Primaria Plan de Ayala, en ...

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Opinión

  • Filo y Sofía **Enfermera indígena interpone amparo **Oficial de investigación miente en informe

  • Jaque Con Dama *¿Más partidos políticos locales?

  • Filo y Sofía *Mujeres que han hecho historia en Chiapas PAN pide quitar registro a partidos con candidatos narcos

  • Bitácora de la “política a la chiapaneca” **La alianza CEN de MORENA con la Nueva ERA desplaza a los grupos políticos estatales

Últimas Noticias

Concluyen encargo tres consejerías electorales del IEPC
Chiapas

Concluyen encargo tres consejerías electorales del IEPC

Participa rectora de UNICACH Fanny López Jiménez en sesión del CUPIA-ANUIES
Chiapas

Participa rectora de UNICACH Fanny López Jiménez en sesión del CUPIA-ANUIES

Continuamos fumigando escuelas para proteger a la niñez y al personal docente en Tuxtla: Angel Torres
Chiapas

Continuamos fumigando escuelas para proteger a la niñez y al personal docente en Tuxtla: Angel Torres

Entrega Consejo General del IEPC certificados de registro a nuevos partidos políticos locales
Chiapas

Entrega Consejo General del IEPC certificados de registro a nuevos partidos políticos locales

Aprueban crear  Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas
Nacionales

Aprueban crear Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas

Eduardo Ramírez reconoce labor de quienes construyen escuelas en Chiapas
Chiapas

Eduardo Ramírez reconoce labor de quienes construyen escuelas en Chiapas

El IEPC aprobó la creación de tres nuevos partidos políticos, mismos que podrán contender en los comicios del 2027.
Chiapas

El IEPC aprobó la creación de tres nuevos partidos políticos, mismos que podrán contender en los comicios del 2027.

Desde el Soconusco, Juan Carlos Moreno Guillén fortalece una justicia cercana que escucha y construye paz
Chiapas

Desde el Soconusco, Juan Carlos Moreno Guillén fortalece una justicia cercana que escucha y construye paz

Filo y Sofía

  • Chiapas
  • Municipios
  • Nacionales
  • Roja
  • Columna F&S
  • Opinión

El contenido de la información publicada en este portal es exclusiva responsabilidad de quien la emite, en el ejercicio de su libertad de expresión y de la libre manifestación de ideas. Se deslinda de toda responsabilidad a los anunciantes, por ser ajenos a este proceso.

Copyright 2021. Todos los derechos reservados.
Desarrollado por Host Latino