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Necesario, tipificar de manera expresa el delito de denuncia falsa

Mary Jose Díaz Flores 17 Mar 2025 Nacionales, Principales

  • La diputada Ariana del Rocío Rejón Lara (PRI) impulsa iniciativa de reforma al Código Penal Federal

La diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, del grupo parlamentario del PRI, planteó una iniciativa que reforma el artículo 248 bis del Código Penal Federal, con el objetivo de combatir y castigar las denuncias falsas, dando un paso no solo en la impartición de justicia, sino también en la consolidación de una verdadera igualdad entre mujeres y hombres.

         La modificación agrega a dicho precepto que “a cualquier persona que denuncie actos que no hayan sido perpetrados y existan pruebas fehacientes de la falsedad de los dichos”, se le impondrá prisión de dos a seis años y de cien a trescientos días multa.

La iniciativa, girada a la Comisión de Justicia, subraya que es necesario tipificar de manera expresa el delito de denuncia falsa, diferenciándolo de la simple falsedad de declaraciones, e incluir sanciones adecuadas que disuadan este tipo de conductas sin afectar el derecho legítimo de denunciar cuando existen hechos reales.

Explica que la denuncia es un mecanismo esencial que permite a las víctimas de delitos la posibilidad de obtener justicia y garantiza la persecución de conductas ilícitas. Sin embargo, cuando este instrumento es utilizado de manera irresponsable para realizar denuncias falsas, se genera un problema de doble impacto.

 “Por un lado, se mal emplean recursos de las autoridades encargadas de la procuración e impartición de justicia y, por otro, se vulneran los derechos de quienes son acusados ​​injustamente”, advierte.

Puntualiza que existe una triste realidad donde algunas personas utilizan la denuncia como un medio de venganza, extorsión o manipulación, lo que, sin duda, debe ser sancionado para evitar que la justicia sea usada con multas ajenos a su propósito legítimo.

Aclara que, si bien el Código Penal Federal ya considera la falsedad en declaraciones en los artículos 247 y 247 Bis, actualmente no se regula de manera específica la presentación de denuncias falsas ante el Ministerio Público u otras instancias judiciales, lo que genera un vacío legal que permite la impunidad de quienes abusan del sistema de justicia.

Por ello, la necesidad de reformar el Código Penal Federal para establecer sanciones claras y proporcionales a quienes realicen denuncias falsas, sin distinción de género, lo que permitirá garantizar el uso legítimo del sistema de justicia y protegerá los derechos tanto de las víctimas reales como de quienes puedan ser falsamente acusados.

Enfatiza que las denuncias falsas obligan a las instituciones de procuración de justicia a destinar recursos humanos, materiales y financieros en investigaciones innecesarias, en lugar de enfocarse en delitos reales; Esto reduce la eficiencia en la atención a víctimas legítimas, provoca el desgaste social y mediático de estas instituciones, y la desconfianza en el sistema de justicia.

“Puede provocar que se minimicen o desestimen denuncias legítimas por temor a que sean consideradas infundadas, ocasionar un efecto en la igualdad de género, además de que la sanción a las denuncias falsas debe ser neutral y aplicable tanto a hombres como a mujeres, evitando así sesgos que puedan generar una percepción de impunidad o discriminación en el acceso a la justicia”, afirma.

Leída: 33
2025-03-17
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