Filo y Sofía

  • INICIO
  • Chiapas
  • Municipios
  • Nacionales
  • Roja
  • Columna F&S
  • Opinión
Home» Nacionales»SCJN reitera el deber de resolver con perspectiva de discapacidad

SCJN reitera el deber de resolver con perspectiva de discapacidad

Marcos Torres 09 Feb 2022 Nacionales, Principales

F&S

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación reiteró la obligación de los órganos jurisdiccionales de juzgar con perspectiva de discapacidad, procurando en todo momento la implementación de medidas que garanticen el acceso a la justicia en igualdad de condiciones.

El caso emana de un juicio de divorcio sin causa promovido por uno de los cónyuges, en el que el hermano de la cónyuge no solicitante informó que ésta vivía con una discapacidad mental diagnosticada como “trastorno afectivo orgánico secundario a atrofia cerebral”, que desarrolló en los últimos cinco años de su vida, por lo que no estaba en condiciones de valerse por sí misma ni de manifestar su voluntad y, por ende, se encontraba imposibilitada para contestar la demanda y defenderse en el juicio.

Por tal motivo, el juez de lo familiar que conoció de la demanda sobreseyó el juicio tras concluir que no podrían garantizarse los derechos de la persona con discapacidad, ya que no sería posible que ejerciera su derecho de audiencia.

En contra de esa decisión el cónyuge solicitante promovió un amparo directo. El Tribunal Colegiado del conocimiento solicitó a esta Suprema Corte la atracción del asunto. En su fallo, la Primera Sala decidió conceder la protección federal, tras concluir que la determinación del juez familiar fue incorrecta debido a que no se respetaron tanto el derecho al libre desarrollo de la personalidad del solicitante de divorcio, como los derechos de personalidad y capacidad jurídica de su cónyuge como persona con discapacidad. Pino Suárez 2, Colonia Centro, Cuauhtémoc, Ciudad de México, 06065.

En primer lugar, la Sala consideró que el juicio de divorcio sin expresión de causa no sólo implica la declaratoria del divorcio en sí mismo, sino que trae consigo consecuencias jurídicas para las partes involucradas, los hijos e hijas, su régimen patrimonial, los alimentos y, en su caso, la compensación, cuestiones respecto de las que se tendrá que hacer un pronunciamiento. Por ello, si bien es verdad que una vez que se solicita el divorcio, la oposición del otro consorte no podrá impedir la disolución del vínculo matrimonial, lo cierto es que su comparecencia a juicio resulta trascendente por las consecuencias jurídicas que trae consigo tal disolución, de ahí la necesidad de que la parte demandada sea llamada a juicio.

Por otra parte, la Primera Sala advirtió que si bien el juzgador familiar dio por cierto que la parte demandada presenta una discapacidad, éste no juzgó con perspectiva de discapacidad para asegurar que la mujer gozara del derecho de comparecer a juicio en condiciones de igualdad real y efectiva, mediante la adopción de medidas pertinentes.

De manera que el actuar del juez fue contrario a lo dispuesto en el artículo 12 de la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, el cual prevé que estas personas son sujetos de derechos y tienen tanto personalidad como capacidad jurídica.

Al respecto, la Sala deliberó que la notificación de la solicitud de divorcio por conducto del hermano de la cónyuge no podía subsistir, en tanto que no se tiene la certeza de que la mujer realmente hubiese tenido conocimiento del juicio.

Además, ordenó reponer el procedimiento y, con fundamento en el artículo 13 de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, instruyó al juez de origen para que haga los ajustes al procedimiento con el fin de que la demandada pueda acceder a la justicia en igualdad de condiciones que su contrario, y nombre los apoyos y salvaguardias que resulten necesarios para ese efecto. Aunado a lo anterior, la Primera Sala ordenó al órgano jurisdiccional responsable que analice el asunto planteado con perspectiva de género, dados los indicios de vulnerabilidad y de violencia patrimonial y económica en que se encuentra la demandada.

Esto, con objeto de dictar las medidas que resulten convenientes para proteger la integridad y bienestar de la mujer. Amparo directo 12/2021. Ponente: Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. Resuelto en sesión de 9 de febrero de 2022, por unanimidad de votos.

Leída: 78
2022-02-09
Facebook Twitter Stumble linkedin Pinterest Reddit WhatsAppt Email Print More

Noticias relacionadas

En Tapachula, presidenta Claudia Sheinbaum entrega tarjetas de la Beca Rita Cetina

En Tapachula, presidenta Claudia Sheinbaum entrega tarjetas de la Beca Rita Cetina

Mary Jose Díaz Flores 26 Jun 2026
El gobernador Eduardo Ramírez la acompañó en este evento para acercar apoyos educativos a familias ...
IEPC participa en sesión ordinaria del OPEPM

IEPC participa en sesión ordinaria del OPEPM

Mary Jose Díaz Flores 26 Jun 2026
El #IEPC participó en la segunda sesión ordinaria del Observatorio de Participación y Empoderamiento Político ...
Sembrar un árbol es sembrar bienestar, esperanza y un mejor futuro para las nuevas generaciones.

Sembrar un árbol es sembrar bienestar, esperanza y un mejor futuro para las nuevas generaciones.

Mary Jose Díaz Flores 26 Jun 2026
De acuerdo con un estudio de la revista científica *Reviews on Environmental Health* (2020), los ...

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Opinión

  • Filo y Sofía *Aviadores en el COBACH *Marlo el hijito de mamá, un flojonazo

  • “La política a la chiapaneca” bitácora de media semana *Chiapas. La élite política estatal contra la diversidad.

  • JAQUE CON DAMA * Luis Ignacio, el bombero *¿Espionaje?

  • Filo y Sofía *Método de horror defendido por diputada *Terapias de conversión son a base de golpes

Últimas Noticias

En Tapachula, presidenta Claudia Sheinbaum entrega tarjetas de la Beca Rita Cetina
Chiapas

En Tapachula, presidenta Claudia Sheinbaum entrega tarjetas de la Beca Rita Cetina

IEPC participa en sesión ordinaria del OPEPM
Chiapas

IEPC participa en sesión ordinaria del OPEPM

Sembrar un árbol es sembrar bienestar, esperanza y un mejor futuro para las nuevas generaciones.
Chiapas

Sembrar un árbol es sembrar bienestar, esperanza y un mejor futuro para las nuevas generaciones.

IEPC imparte curso en lengua Tseltal
Chiapas

IEPC imparte curso en lengua Tseltal

Encabeza Angel Torres reforestación en el parque Caña hueca
Chiapas

Encabeza Angel Torres reforestación en el parque Caña hueca

Presentan avances académicos y el crecimiento de la infraestructura de la Facultad de Arquitectura de la UNACH
Chiapas

Presentan avances académicos y el crecimiento de la infraestructura de la Facultad de Arquitectura de la UNACH

Oferta UNICACH programas de posgrados pertenecientes al SNP de la Secihti
Chiapas

Oferta UNICACH programas de posgrados pertenecientes al SNP de la Secihti

Convoca Eduardo Ramírez a fortalecer la atención integral en 12 municipios prioritarios de Chiapas
Chiapas

Convoca Eduardo Ramírez a fortalecer la atención integral en 12 municipios prioritarios de Chiapas

Filo y Sofía

  • Chiapas
  • Municipios
  • Nacionales
  • Roja
  • Columna F&S
  • Opinión

El contenido de la información publicada en este portal es exclusiva responsabilidad de quien la emite, en el ejercicio de su libertad de expresión y de la libre manifestación de ideas. Se deslinda de toda responsabilidad a los anunciantes, por ser ajenos a este proceso.

Copyright 2021. Todos los derechos reservados.
Desarrollado por Host Latino